El cuerpo General de Delegados está integrado por los representantes afiliados al sindicato en los distintos sectores y distritos de la empresas.
Este organismo es el nexo entre el Consejo Directivo y los afiliados, por lo que debe informarles acerca de las resoluciones adoptadas tanto por el propio cuerpo como por el Consejo Directivo y velar por el cumplimiento de las mismas.
Debe fiscalizar el cumplimiento del Convenio Colectivo de Trabajo por parte de las empresas y de los trabajadores, denunciar las anormalidades e infracciones que se cometan. Del mismo modo, el Cuerpo General de Delegados debe hacerlo con respecto al Estatuto General del Sindicato.
Todos los delegados tendrán libre acceso a toda la información de la actividad que desarrolla el Sindicato, la cual deberá ser provista por el Consejo Directivo a través de las Secretarías.
El Cuerpo General de Delegados podrá emitir, en casos extraordinarios, sus propias resoluciones las que deberán ser de inmediato cumplimiento para el Consejo Directivo.
Este Cuerpo será convocado a Asamblea como mínimo cada 90 días o a solicitud del veinte por ciento de los Delegados que lo componen.